Vende tu carro
Novedades

Así son las nuevas excepciones en la restricción vehicular de Bogotá

Por ahora, algunas medidas implican estar previamente inscritos antes de poder hacer uso de la excepción.

Así son las nuevas excepciones en la restricción vehicular de Bogotá

La Administración Distrital anunció que a partir del 22 de septiembre la ciudad comenzará a moverse por primera vez con carro compartido, cobro por congestión y un pico y placa en la nueva realidad, que trae una restricción de circulación para vehículos particulares, con el propósito de disminuir la congestión y promocionar el uso eficiente de los vehículos particulares en Bogotá.

De acuerdo con el Decreto 208 del 21 de septiembre de 2020, el horario de restricción para vehículos particulares será de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 8:30 a.m. y de 3:00 p.m. a 7:30 p.m., teniendo en cuenta el último digito de la placa (par o impar) y la fecha. En este caso, los días pares hábiles del calendario, tendrán restricción los vehículos cuya placa termine en dígito par, incluido el número cero (0), y en los días impares hábiles del calendario, se restringirá la circulación de los vehículos cuya placa termine en dígito impar.

A continuación, detallamos las nuevas excepciones que aplican desde hoy en materia de circulación de vehículos particulares en Bogotá, específicamente las referentes a vehículos híbridos, los vehículos con tres o más ocupantes y a quienes se acojan a la medida del Pico y Placa Solidario. En los dos últimos casos se debe tener en cuenta que, por ahora, para ser beneficiario de la excepción es obligatorio preinscribirse y corroborar que se haya aceptado la misma.

Excepción para vehículos híbridos

En el Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024 se contempla que los vehículos híbridos queden exentos de la restricción del Pico y Placa en Bogotá. Específicamente, el Artículo 116 del documento señala: “Con el propósito de contribuir a una mejora de la calidad del aire, por medio del uso de tecnologías más limpias y asequibles, se exceptúa de la restricción de circulación a los vehículos híbridos”.

En el caso de Bogotá, anteriormente esta medida solo aplicaba para los vehículos eléctricos, pero ahora la excepción cobija a los vehículos híbridos; vale aclarar, que, por ahora, la excepción también cobija a los modelos con hibridación ligera (mild-hybrid).

En el más reciente decreto de la Alcaldía se señala que están exentos de restricción los “Vehículos híbridos de fábrica cuya motorización sea por combustión (diésel o gasolina) y funcionen alternada o simultáneamente, con motor eléctrico”. Aquí mismo se indica que la SDM llevará a cabo un registro de las placas de los vehículos exceptuados, para permitir la circulación de los mismos.

Excepción para vehículos con tres o más ocupantes

Específicamente, en el numeral 18, se especifica que la excepción aplica para “vehículos con una ocupación de tres (3) o más personas incluyendo el conductor, previa inscripción en la plataforma dispuesta por la Secretaría Distrital de Movilidad.”

Es importante señalar que dicha inscripción tiene vigencia solo por la semana en la que se haga y por un máximo de seis días; es decir, una solicitud realizada y aprobada, por ejemplo, el día jueves, estará vigente solo hasta el día sábado de la misma semana y no es extensible para la siguiente.

Si una persona quiere realizar viajes en su vehículo en dos semanas distintas, entonces, tendrá que hacer el registro dos veces. Tenga en cuenta que los sábados a las 00:00 horas se eliminarán los registros en la base de datos de exceptuados incluidos por esta causa.

La SDM tiene hasta 24 horas para estudiar la solicitud, por lo que el solicitante no podrá utilizar su vehículo con la ocupación mínima definida hasta que no haya sido aprobada. Así mismo, La plataforma podrá solicitar información sobre los viajes que se realizarán durante el horario de restricción con la ocupación mínima definida, durante la semana correspondiente al registro.

Tenga en cuenta que el uso del carro compartido deber ser de principio a final del viaje; es decir, no aplica que usted recoja ocupantes en la vía; en el número de pasajeros, los bebés y los niños cuentan; sin embargo, las mascotas no se consideran para completar el cupo.

Excepción de Pico y Placa Solidario

Lo primero a señalar es que el "Pico y Placa Solidario" es una medida que permite el uso del vehículo por un término de seis meses sin restricción horaria; por tal excepción, el usuario debe hacer un único pago de $2.066.200.

Para la solicitud del permiso "Pico y Placa Solidario", los interesados deberán seguir el siguiente procedimiento:

  • Ingresar a la plataforma respectiva habilitada por la SDM.
  • Registrarse como persona natural o jurídica y diligenciar el formulario con los datos solicitados (sólo podrá hacer la solicitud el propietario/locatario del vehículo).
  • Realizar el pago de forma electrónica (PSE) o manual (volante de pago).
  • Autenticar la identidad del solicitante.
  • Realizar una sensibilización a través de un curso virtual (si es persona natural), que tiene una duración de 20 minutos.
  • Elegir y realizar una actividad de compensación social entre la oferta disponible, con las entidades del distrito, en el momento de solicitar el permiso.

El curso al que se hace referencia es de tipo lúdico-pedagógico, en donde los ciudadanos deberán desarrollar cuatro módulos que los concientizarán sobre las externalidades que trae el uso ineficiente del vehículo particular. Los módulos son: Movilidad (congestión), Sostenibilidad ambiental (Calidad del aire, ruido y contaminación visual), Seguridad vial (siniestralidad vial) y, por último, un pacto por la movilidad de Bogotá.

En cuanto a la compensación social, se trata de acciones que se realizan, por parte de determinados actores, orientadas al beneficio colectivo, para retribuir un beneficio recibido por una acción de un ente oficial, o por la generación de una carga de manera particular al interés público.

Los mecanismos de compensación social se diseñarán para promover acciones de corresponsabilidad ciudadana por parte de las personas naturales y jurídicas que solicitan el permiso de “Pico y Placa Solidario”. Estas actividades estarán disponibles dentro de la plataforma para la solicitud del permiso y serán de obligatorio cumplimiento por parte de los solicitantes.

Elkin Chávez recomienda