Acaba de ser aprobada una amnistía para favorecer a quienes tengan deudas por concepto de multas de tránsito. Quienes se acojan a esta norma, se beneficiarán con la condonación total de los intereses generados por las multas en mora y con una reducción de 50% en el valor del comparendo.
La amnistía, que solo está pendiente de la sanción presidencial, contempla que quienes tengan multas pendientes, antes del 31 de mayo de 2020, tendrán plazo para acceder a los beneficios hasta el 31 de diciembre de 2020, sin necesidad de asistir a un curso pedagógico de tránsito.
Tenga en cuenta que las multas corresponden a comparendos impuestos por conducir bajo la influencia de sustancias psicoactivas o en estado de embriaguez, no están incluidas en esta norma, por tanto tendrán que ser canceladas sin descuento alguno.
La medida también contempla el pago por cuotas, diferidas hasta un año, de los montos a pagar por concepto de comparendos, a través de un acuerdo de pago. Sin embargo, advierte que quienes incumplan los acuerdos, pierden los beneficios de la amnistía.
Recuerde que tener deudas pendientes por multas de tránsito, impide realizar trámites cómo: traspasos de vehículos, renovación del pase, la reposición del mismo en caso de pérdida o robo, entre otras diligencias.