La administración distrital anunció que, a partir de la fecha, todos los vehículos (automóviles, camiones y motocicletas) que se empleen para el servicio de mensajería y entrega de domicilios tendrán que estar inscritos en la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) para poder operar en forma legal en la ciudad durante este periodo de cuarentena.
La medida fue tomada con el fin de determinar el número de vehículos y personas que trabajan en el sector de la mensajería y domicilios en Bogotá, para garantizar así el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud, entre ellos, el uso de elementos de protección sanitaria y el registro de la identidad del personal de servicios de domicilios, para el seguimiento de contagios de covid-19.
En el artículo 6 del Decreto 121 del 26 de abril de 2020 se establece que las empresas de mensajería y domicilios deben inscribirse a través de un proceso virtual, sencillo y rápido: “Las empresas o plataformas tecnológicas que presten o faciliten servicios de mensajería o domicilios, deberán presentar ante la Secretaría Distrital de Movilidad (al correo: controltransitoytransporte@movilidadbogota.gov.co) el listado de vehículos automotores autorizados, cuya licencia de tránsito así se lo permita (carga o mixto), a realizar estas labores, con el fin de ser incluidos en la base de datos de exceptuados.”
Los propietarios de las empresas que requieran prestar servicios de domicilio y mensajería durante la cuarentena, deberán enviar sus solicitudes de inscripción vía correo electrónico, anexando nombre y razón social, placa del vehículo o de los vehículos vinculados a la empresa, tipo de vehículo, nombres de los conductores a cargo y sus respectivas identificaciones. De esta manera quedarán registrados en las bases de datos de la entidad.
Los conductores que no acaten esta medida serán sancionados con una multa de tránsito y su vehículo podrá ser inmovilizado.